El Senado retoma hoy el debate sobre una reforma a la ley de propiedad privada que busca acelerar los procedimientos de desalojo en casos de usurpación, tras suspender la discusión hace tres semanas por diferencias sobre venta de tierras a extranjeros.
La nueva versión que se discute elimina los artículos controvertidos y se enfoca en agilizar el acceso de propietarios a sus inmuebles cuando estén siendo ocupados de forma ilegal.
Cómo funcionarían los "desalojos exprés"
En casos de usurpación, los jueces podrán ordenar la devolución inmediata del inmueble si el propietario demuestra documentalmente que le pertenece. La intimación para desocupar se cursaría en 72 horas.
Para inquilinos morosos, el propietario debe enviar una carta documento otorgando al menos 10 días para regularizar la deuda. Si el incumplimiento persiste, el desalojo se ejecuta en hasta 10 días hábiles. El propietario no puede condicionar la entrega de llaves, aunque puede documentar que quedan deudas pendientes.
Cuando hay menores o personas en situación de calle, los jueces deberán dar intervención obligatoria a organismos de protección local. El proceso se suspende por un máximo de 10 días para garantizar una alternativa de alojamiento transitorio.
Restricciones a las expropiaciones
El proyecto limita las expropiaciones estatales: la declaración de "utilidad pública" se interpretará de forma restrictiva y el Estado deberá fundamentar claramente cada medida.
Las indemnizaciones por lucro cesante están tope en 30%. El pago se calcula con el Índice de Precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a 30 días. El Estado no puede tomar posesión del bien sin haber pagado primero la indemnización.




