El Gobierno reglamentó esta semana cómo se deben calcular los aportes sindicales en los convenios colectivos. El cambio elimina varios conceptos de la base de cálculo: horas extra, aguinaldo, bonos, participación en ganancias y plus vacacional quedan afuera de ahora en adelante.
Con el Decreto 612/2026, publicado en el Boletín Oficial el 20 de julio, la intención es establecer un criterio uniforme. Hasta ahora había distintas interpretaciones sobre qué conceptos se sumaban al cálculo, lo que generaba inconsistencias entre regiones y sectores.
Qué entra y qué no en la base de cálculo
Los aportes sindicales se calcularán únicamente sobre:
Salario básico convencional de la categoría
Sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual establecidas en el convenio
Quedan excluidos: horas extras, premios, bonos, participación en ganancias, aguinaldo, plus vacacional y sumas no remunerativas.
Más control sobre los fondos sindicales
La reglamentación también impone mayores exigencias de transparencia a los sindicatos. Cuando los empleadores acuerden realizar contribuciones al gremio, estos deberán administrar esos fondos de forma separada si están destinados a obras sociales, asistenciales, previsionales o culturales. La documentación deberá estar diferenciada para permitir un seguimiento claro del dinero.
El Ejecutivo señala que estas precisiones buscan dar certeza sobre las normas vigentes y facilitar el control previo a la homologación de nuevos acuerdos colectivos. La medida entró en vigencia el 20 de julio.




