La Cámara Federal de Casación Penal desestimó el reclamo del empresario Lázaro Báez para cumplir su sentencia bajo prisión domiciliaria. El tribunal consideró que su estado de salud no justifica esa medida excepcional y que recibe atención médica adecuada en la cárcel.
Báez padece varias enfermedades crónicas: hipertensión, diabetes tipo 2, EPOC, obesidad leve y un adenoma de colon con displasia de alto grado. Su defensa argumentaba que el encarcelamiento había agravado estas condiciones y denunciaba fallas en su seguimiento médico, incluida la ausencia de controles después de una cirugía.
Los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky sostuvieron que la privación de libertad debe cumplirse en instituciones penitenciarias y que la prisión domiciliaria solo procede en casos excepcionales con justificación rigurosa. Además, enfatizaron la gravedad de los delitos: Báez cumple una condena unificada de 15 años por lavado de activos y administración fraudulenta, hechos vinculados a contratos durante el Gobierno de Cristina Kirchner.
La situación personal del empresario es compleja: su pareja está siendo tratada por cáncer y él tiene a su cargo dos hijos menores. Sin embargo, el tribunal consideró que esas circunstancias no alteran su evaluación sobre la necesidad de mantenerlo en el sistema penitenciario.




