La Corte Suprema ordenó este viernes detener los efectos de la derogación de la Ley de Tierras Rurales que había incluido el gobierno en el decreto 70/2023. Mediante una medida cautelar, el máximo tribunal puso nuevamente en vigencia las restricciones sobre compra de tierras rurales que habían sido eliminadas.
¿Qué cambios trae para el territorio? Se reinstala el límite del 15% de superficie que pueden poseer extranjeros, se recupera el tope de mil hectáreas en zona núcleo y vuelve la prohibición de vender tierras que incluyan agua o se encuentren en zonas fronterizas.
¿Por qué la Corte actuó ahora? La decisión es fruto de un amparo presentado por la ONG Árbol de Pie (de Bariloche) junto con comunidades Lafkenche y Lof Fvta Anecon. El tribunal consideró que la defensa del ambiente es un derecho colectivo con legitimidad para presentar este reclamo, algo que había rechazado en casos anteriores donde se esgrimía soberanía nacional.
Una aclaración importante: La Corte no declaró inconstitucional el decreto. Solo suspendió provisoriamente sus efectos mientras se discute el fondo del caso en juzgado. El expediente vuelve a primera instancia para analizar si la derogación de la ley es constitucional o no.
Mientras tanto, el Registro de Tierras Rurales no puede inscribir compras que violen la ley 26.737.




