La Corte Suprema de Justicia rechazó una demanda presentada por comunidades indígenas de Córdoba que buscaban frenar dos proyectos de rutas en los valles de Punilla y Paravachasca. La razón: un error administrativo que invalidó todo el expediente.
Los demandantes habían presentado un recurso ante el máximo tribunal, pero los documentos llegaron firmados únicamente por la abogada patrocinante, sin las firmas de los miembros de la comunidad que impulsaba la causa. La ley requiere que sean los propios litigantes quienes suscriban el escrito de presentación ante la Corte.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el acto jurídico era "inexistente e insusceptible de convalidación posterior". Sin analizar el fondo de la cuestión, desestimaron directamente la presentación.
Las comunidades cuestionaban dos obras viales: la alternativa de la Ruta Provincial 5 (entre Alta Gracia y Villa Ciudad América) y la alternativa de la Ruta 38 (entre Variante Costa Azul y La Cumbre). Argumentaban que los proyectos afectarían su territorio, identidad cultural y patrimonio arqueológico, además de provocar desmontes de bosques nativos.
También reclamaban que no se había realizado consulta previa e informada a las comunidades indígenas, tal como lo exigen los tratados internacionales en materia de derechos indígenas.
La causa había sido rechazada previamente en la Justicia Federal de Córdoba. El Juzgado Federal N° 2 se declaró incompetente y la Cámara Federal confirmó esa decisión, argumentando que no estaba probado un daño ambiental interjurisdiccional que justificara intervención federal.
Ahora, con el rechazo de la Corte por cuestiones formales, la demanda quedó sin posibilidades de avanzar en la máxima instancia judicial.




