Un tribunal de Córdoba condenó al Estado provincial a pagar indemnizaciones de entre 25 y 30 millones de pesos a dos familias tras comprobarse que sus hijas recién nacidas fueron intercambiadas en un hospital hace casi cinco décadas.
El caso salió a la luz cuando una de las madres decidió realizarse un análisis de ADN junto a su hija y descubrió que no eran parientes biológicas. El resultado llevó a una demanda judicial que confirmó lo que parecía imposible: ambas niñas habían nacido el mismo día en el mismo centro de salud, pero por error fueron entregadas a familias distintas de las que les correspondía.
El juez Mariano Díaz Villasuso fue tajante al justificar el fallo: "La principal obligación de una maternidad es brindar la diligencia necesaria y suficiente para que el parto se lleve a cabo en condiciones de seguridad y, luego, que los bebés sean entregados a sus respectivas familias". Además de la compensación económica, cada familia recibirá intereses sobre el monto establecido.
El error —o presunta negligencia del personal médico— provocó no solo consecuencias emocionales irreversibles en ambas familias, sino también una batalla legal de décadas para obtener justicia y reconocimiento.




