Un juzgado de Trelew autorizó a una mujer a continuar con su tratamiento de fertilidad usando embriones criopreservados de su fallecido marido. La decisión judicial marca un antecedente en Chubut ante la falta de normativa específica sobre estos casos.
La jueza Ivana Wolansky, del Juzgado de Familia de Trelew, ordenó al centro médico de Puerto Madryn realizar la transferencia de los cuatro embriones bajo la figura de maternidad monoparental. El Ministerio de Justicia chubutense confirmó que el fallo considera este derecho como parte de la autonomía reproductiva y el derecho a formar una familia.
La pareja se casó en 2011 con la intención de tener hijos. Tras varios intentos de fertilidad, en diciembre de 2019 autorizaron la congelación de embriones en una clínica de Buenos Aires. Dos años después trasladaron cuatro óvulos fecundados a Puerto Madryn para continuar el tratamiento más cerca de su domicilio en Trelew.
El proyecto familiar se interrumpió el 23 de agosto de 2022 con la muerte del esposo. La clínica se negó entonces a realizar la implantación, argumentando que el Código Civil exige consentimiento expreso de ambos miembros de la pareja.
En su análisis, la magistrada consideró que la ausencia de regulación específica no puede ser obstáculo para ejercer derechos fundamentales. También tomó en cuenta un informe técnico que avaló las condiciones económicas, habitacionales y familiares de la mujer para criar de forma independiente.
Esta sentencia reconoce el derecho a la integridad personal, vida privada y autonomía reproductiva de la mujer, en línea con jurisprudencia que protege el acceso a técnicas de reproducción asistida en la región.




