La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los topes de facturación del monotributo con un incremento del 16,8% en los montos máximos y en las cuotas mensuales que deben pagar los monotributistas. Estos nuevos valores comenzarán a regir desde agosto y se utilizarán para la recategorización del segundo semestre de 2026.
Los topes se establecen en base a los ingresos acumulados de los últimos doce meses, aunque muchos contribuyentes usan una referencia mensual para controlar su facturación. Dividiendo el monto anual por doce se obtiene una guía orientativa para cada mes.
Los nuevos límites de facturación mensual son:
Categoría A: $1.000.784,20
Categoría B: $1.466.265,23
Categoría C: $2.055.874,53
Categoría D: $2.552.387,62
Categoría E: $3.002.352,61
Categoría F: $3.762.638,28
Categoría G: $4.499.649,91
Categoría H: $6.827.055,03
Categoría I: $7.641.646,83
Categoría J: $8.751.043,27
Categoría K: $10.550.903,23
ARCA aclaró que la permanencia en una categoría no depende solo de la facturación. También se consideran factores como la superficie del local, el consumo de energía eléctrica y los montos de alquiler según corresponda.
Si un monotributista supera el promedio mensual en un mes puntual, eso no implica automáticamente quedar fuera del régimen mientras el total anual se mantenga dentro del límite de su categoría. Sin embargo, quienes excedan sistemáticamente deberán recategorizarse. Si rompen el tope máximo del monotributo, pasarán al régimen general de IVA y Ganancias.




